{"id":7710,"date":"2022-12-16T09:37:46","date_gmt":"2022-12-16T14:37:46","guid":{"rendered":"https:\/\/www.revistaciendiascinep.com\/home\/?p=7710"},"modified":"2023-04-24T14:16:22","modified_gmt":"2023-04-24T19:16:22","slug":"por-el-agua-y-los-paramos-retos-del-gobierno-petro","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.revistaciendiascinep.com\/home\/por-el-agua-y-los-paramos-retos-del-gobierno-petro\/","title":{"rendered":"Por el agua y los p\u00e1ramos: retos del gobierno Petro"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><\/h2>\n\n\n\n<font font=\"\" size=\"3\" face=\"Roboto, Arial\" color=\"#AAAAAA\">EDICI\u00d3N 106 SEP-DIC 2022<\/font>\n\n\n\n<p><span style=\"color: rgb(207, 46, 46); user-select: auto;\" class=\"ugb-highlight\"><strong style=\"user-select: auto;\">Por: Erwing Rodr\u00edguez-Salah<\/strong><\/span><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-drop-cap has-black-color has-text-color\"><em style=\"user-select: auto;\">Aunque la defensa a ultranza de los p\u00e1ramos y del agua que producen, suma ya 13 a\u00f1os de oposici\u00f3n a la megaminer\u00eda en Santurb\u00e1n y en los ecosistemas circunvecinos, la dicotom\u00eda entre las versiones minera y conservacionista supera dos d\u00e9cadas de una especie de \u201cteatro del absurdo\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Los p\u00e1ramos, que son a la vez f\u00e1bricas por excelencia del 70% del agua que se consume en Colombia y reservorios de paz, siguen gravemente expuestos ante la posible aprobaci\u00f3n de proyectos megamineros que har\u00e1n no solo escasear el preciado l\u00edquido, sino generar serios conflictos y desplazamiento humano.<\/p>\n\n\n\n<p>Es lamentable evidenciar que los anteriores gobiernos, con una irresponsable visi\u00f3n minera, convirtieron en amenazas contra los p\u00e1ramos del pa\u00eds, los procesos de delimitaci\u00f3n, la concesi\u00f3n de t\u00edtulos mineros encaminada al otorgamiento de licencias ambientales para la explotaci\u00f3n minera, e incluso, la firma de inequitativos tratados de libre comercio (TLC).<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Pr\u00f3logo (2002-2010)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el gobierno Uribe, el n\u00famero de hect\u00e1reas concesionadas a la miner\u00eda pas\u00f3 de 1,13 millones a 8,53 millones, duplic\u00e1ndose respecto de afectaci\u00f3n de p\u00e1ramos.<\/p>\n\n\n\n<p>En 2008, Colombia firm\u00f3 el TLC con Canad\u00e1, que luego sirvi\u00f3 de apalancamiento para la demanda de la canadiense Eco Oro (Greystar) contra el Estado colombiano, en 2016.<\/p>\n\n\n\n<p>En marzo de 2009, la Corporaci\u00f3n Financiera Internacional (IFC, por sus siglas en ingl\u00e9s), instituci\u00f3n del Banco Mundial (BM), aprob\u00f3 una inversi\u00f3n de hasta 20 millones de d\u00f3lares en Greystar, llegando a poseer el 12,5% de esta.<\/p>\n\n\n\n<p>En diciembre de 2009, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), encargado en ese entonces de otorgar las licencias ambientales, condici\u00f3n <em>sine qua non<\/em> para la explotaci\u00f3n minera, acept\u00f3 la solicitud de la Greystar para su proyecto de megaminer\u00eda a cielo abierto en Santurb\u00e1n, el cual no debi\u00f3 tramitarse, en contrav\u00eda de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la normatividad ambiental.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Gobierno Santos (2010-2018)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El gobierno Santos recibi\u00f3 un pa\u00eds concesionado a la miner\u00eda y con extraordinarias exenciones tributarias para las multinacionales.<\/p>\n\n\n\n<p>En 2011, como respuesta al proyecto de la Greystar, la sociedad civil logr\u00f3 consolidar el movimiento social en defensa del agua y los p\u00e1ramos.<\/p>\n\n\n\n<p>La convocatoria de Fenalco Santander, gremio que gener\u00f3 un debate nacional, en asocio con otras entidades que atendieron el llamado, las cuales hab\u00edan sido consideradas parte del establecimiento y que jam\u00e1s hab\u00edan invitado a una marcha, como el tradicional Colegio San Pedro Claver (Compa\u00f1\u00eda de Jes\u00fas) y la Universidad Santo Tom\u00e1s, fueron determinantes para el \u00e9xito de la primera gran marcha multitudinaria \u201cDefendamos el agua de Bucaramanga\u201d (25 de febrero de 2011) y lograr as\u00ed, detener el proyecto de la Greystar, que se daba por descontado que el gobierno Santos aprobar\u00eda, seg\u00fan sus mismas declaraciones. Greystar desisti\u00f3 y el Gobierno dio un paso al costado.<\/p>\n\n\n\n<p>En mayo de 2011, la Resoluci\u00f3n 1015 del MAVDT, no acept\u00f3 el desistimiento de la Greystar, neg\u00e1ndole la respectiva licencia ambiental. Greystar pas\u00f3 a llamarse Eco Oro y anunci\u00f3 que insistir\u00eda con un proyecto de miner\u00eda subterr\u00e1nea, que jam\u00e1s radic\u00f3. El presidente Santos anunci\u00f3 que delimitar\u00eda los 37 p\u00e1ramos del pa\u00eds, proceso que empez\u00f3 con el emblem\u00e1tico Santurb\u00e1n, y desde all\u00ed, se inici\u00f3 la vulneraci\u00f3n del derecho a la participaci\u00f3n ambiental.<\/p>\n\n\n\n<p>En diciembre de 2014, mediante la Resoluci\u00f3n 2090 del Minambiente, considerada como una disposici\u00f3n acomodaticia minera, se delimit\u00f3 Santurb\u00e1n, configur\u00e1ndose el m\u00e1s grave enga\u00f1o de la historia ambiental del pa\u00eds. El entonces ministro de Ambiente, Gabriel Vallejo, afirm\u00f3 que la metodolog\u00eda utilizada para la delimitaci\u00f3n de Santurb\u00e1n se replicar\u00eda en los restantes 36 p\u00e1ramos de Colombia.<\/p>\n\n\n\n<p>Aunque ser\u00eda de esperarse que un ecosistema se delimitara para su protecci\u00f3n y conservaci\u00f3n (visi\u00f3n conservacionista), m\u00e1xime trat\u00e1ndose de vitales, estrat\u00e9gicos, y a la vez fr\u00e1giles y vulnerables ecosistemas de p\u00e1ramos, en Colombia se ha delimitado para privilegiar los fines extractivistas de la megaminer\u00eda (visi\u00f3n minera).<\/p>\n\n\n\n<p>La Resoluci\u00f3n 2090 desvirtu\u00f3 el concepto de integralidad del p\u00e1ramo, al facilitar una delimitaci\u00f3n expr\u00e9s mal concebida (visi\u00f3n minera), sin los estudios cient\u00edficos necesarios y solo en beneficio de las transnacionales mineras. Lo correcto hubiera sido contar con una delimitaci\u00f3n t\u00e9cnico-cient\u00edfica, que incluyera estudios hidrol\u00f3gicos e hidrogeol\u00f3gicos, indispensables para garantizar la vida del ecosistema y agua suficiente para las futuras generaciones (visi\u00f3n conservacionista).<\/p>\n\n\n\n<p>Siendo el principal cr\u00edtico y opositor de la de la delimitaci\u00f3n de p\u00e1ramos, desde el anuncio del presidente Santos y una vez hecha realidad mediante la Resoluci\u00f3n 2090, interpuse una acci\u00f3n de tutela con la Corporaci\u00f3n Colectivo de Abogados Luis Carlos P\u00e9rez (CCALCP), en julio de 2015.<\/p>\n\n\n\n<p>En junio de 2016, el Ombudsman (CAO) del Banco Mundial (BM) public\u00f3 los resultados de su investigaci\u00f3n sobre el proyecto Eco Oro (Greystar), con base en la cual la banca multilateral retir\u00f3 su inversi\u00f3n del proyecto.<strong> <\/strong>En 2014, en la ciudad de Washington, el Comit\u00e9 para la defensa del agua y el p\u00e1ramo de Santurb\u00e1n, expuso la queja interpuesta ante la CAO que, como mecanismo independiente del BM, analiza y eval\u00faa los reclamos de las comunidades afectadas, en t\u00e9rminos ambientales y sociales (A&amp;S), frente a los proyectos en los que invierte el BM, en este caso, por medio de la IFC. La CAO determin\u00f3 que el proyecto, clasificado err\u00f3neamente como B, debi\u00f3 categorizarse como A, esto es, dentro de los \u201cproyectos que tienen potenciales y significativos impactos adversos, sociales y ambientales, y estos son m\u00faltiples, irreversibles o no tienen precedentes\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En 2017, Minesa (Fondo Mubadala de Emiratos \u00c1rabes) present\u00f3 su Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para su proyecto de mega miner\u00eda subterr\u00e1nea, al cual la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), hizo 83 requerimientos y observaciones, y aunque no hubo respuestas satisfactorias de la minera, no se neg\u00f3 la licencia ambiental.<\/p>\n\n\n\n<p>En mayo de 2017, la Corte Constitucional revis\u00f3 la tutela interpuesta con la CCALCP y dict\u00f3 la sentencia T-361, exigiendo al Minambiente una nueva delimitaci\u00f3n de Santurb\u00e1n, por considerar que la efectuada en virtud de la Resoluci\u00f3n 2090 no fue concertada con las comunidades, vulnerando su derecho a la participaci\u00f3n ambiental. No obstante, en enero de 2018, el presidente Santos anunci\u00f3 la delimitaci\u00f3n inicial de treinta p\u00e1ramos, indicando que antes de concluir su periodo constitucional, quedar\u00edan demarcados los siete faltantes.<\/p>\n\n\n\n<p>En noviembre de 2017, la Corporaci\u00f3n Aut\u00f3noma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB), abri\u00f3 un proceso sancionatorio contra Minesa por presunta infracci\u00f3n de la legislaci\u00f3n ambiental, el cual reposa engavetado y pr\u00f3ximo a cumplir cinco a\u00f1os sin conocerse de su fallo.<\/p>\n\n\n\n<p>En marzo de 2018, Minesa desisti\u00f3 de su proyecto y la ANLA lo acept\u00f3, sin negar la licencia ambiental, en abierto desconociendo el antecedente Greystar de 2011, habilitando a la multinacional emirat\u00ed para presentar un segundo E.I.A.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Gobierno Duque (2018-2022)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Dado que, primero en 2014, el ministro Gabriel Vallejo adujo que la misma metodolog\u00eda utilizada para delimitar Santurb\u00e1n se replicar\u00eda en los dem\u00e1s p\u00e1ramos y, segundo, que la sentencia T-361 la dej\u00f3 sin efecto, se presagiaba que las dem\u00e1s delimitaciones fracasar\u00edan.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, en septiembre de 2018, dos fallos de tutela, basados en la sentencia T-361, consideraron fallidas las delimitaciones del Almorzadero y de Cruz Verde-Sumapaz, que hab\u00edan sido establecidas mediante las resoluciones 152 de 2018 y 1434 de 2017, respectivamente, al igual que la 2090, debido a la vulneraci\u00f3n del derecho a la participaci\u00f3n ambiental.<\/p>\n\n\n\n<p>En noviembre de 2018, se radic\u00f3 la Propuesta Alternativa de Delimitaci\u00f3n de Santurb\u00e1n, que contempla la realizaci\u00f3n del Estudio ecol\u00f3gico y ambiental de la Ecorregi\u00f3n de Santurb\u00e1n, junto con los estudios hidrol\u00f3gicos e hidrogeol\u00f3gicos que, desde luego, no fue tenida en cuenta, pues los mismos se encaminaban a demostrar la conectividad existente entre el p\u00e1ramo y sus ecosistemas circunvecinos, como el bosque andino. El derecho a la participaci\u00f3n ambiental sigui\u00f3 siendo vulnerado en el gobierno Duque; por ello, sendos derechos de petici\u00f3n fueron radicados ante la cartera de Ambiente.<\/p>\n\n\n\n<p>El gobierno Duque, acatando la sentencia T-361, intent\u00f3 concertar con las comunidades su Propuesta integrada de delimitaci\u00f3n de Santurb\u00e1n que, al igual que su predecesora, la delimitaci\u00f3n de la 2090, es expr\u00e9s pol\u00edtico-minera, y sigue viendo en Santurb\u00e1n la joya de la corona de los fines extractivistas de la gran miner\u00eda, dejando nuevamente \u201cpor fuera del p\u00e1ramo\u201d el proyecto de Minesa. Este es el continuismo del enga\u00f1o m\u00e1s grande en la historia ambiental del pa\u00eds que signific\u00f3 la Resoluci\u00f3n 2090.<\/p>\n\n\n\n<p>En enero de 2019, Minesa present\u00f3 su segundo EIA, al cual la ANLA hizo 107 requerimientos, sin respuestas satisfactorias. Aun as\u00ed no se neg\u00f3 la licencia. En septiembre del mismo a\u00f1o, la CDMB niega cinco permisos a Minesa, lo cual ser\u00eda suficiente para no otorgar la licencia ambiental.<\/p>\n\n\n\n<p>En septiembre de 2021, un Tribunal Arbitral del CIADI (BM), determin\u00f3 que Colombia infringi\u00f3 el Art\u00edculo 805 del TLC Colombia-Canad\u00e1, sobre el trato justo y equitativo hacia los inversionistas extranjeros, ante la demanda de Eco Oro (Greystar) por 736 millones de d\u00f3lares, al no permit\u00edrsele desarrollar su proyecto en Santurb\u00e1n. A\u00fan no se determina la sanci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n\n\n\n<p>En enero de 2021, la ANLA dej\u00f3 en firme el archivo del tr\u00e1mite administrativo de evaluaci\u00f3n de la licencia ambiental del proyecto de Minesa, sin negar la licencia ambiental, habilitando a la multinacional para presentar un tercer EIA.<\/p>\n\n\n\n<p>En marzo de 2022, Duque anunci\u00f3 las negociaciones para el TLC con Emiratos \u00c1rabes. D\u00edas despu\u00e9s, la canadiense Aris Gold public\u00f3 la adquisici\u00f3n del 20% de Minesa, con proyecciones de compra hasta del 50%.<\/p>\n\n\n\n<p>En s\u00edntesis, los gobiernos anteriores alinearon el aparato estatal para privilegiar los intereses particulares mineros.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Ep\u00edlogo, r<\/strong><strong>etos y compromisos del nuevo gobierno<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El gobierno Petro ha demostrado tener la voluntad pol\u00edtica, que no tuvieron los gobiernos anteriores, para proteger y conservar nuestros p\u00e1ramos, blind\u00e1ndolos de toda pretensi\u00f3n extractivista, y as\u00ed escribir un ep\u00edlogo feliz. De esta forma podr\u00e1 dirimirse el conflicto ambiental-minero en el campo pol\u00edtico, sin seguir acudiendo a los estrados judiciales para resolverlo, tal como pas\u00f3 con la tutela que interpuesta contra la Resoluci\u00f3n 2090, que llev\u00f3 a la m\u00e1s alta Corte colombiana, a dictar jurisprudencia, a trav\u00e9s de la sentencia T-361. La buena voluntad de un solo gobierno no basta: la conservaci\u00f3n del agua y de los p\u00e1ramos debe ser una pol\u00edtica de Estado bajo la premisa: \u201clos p\u00e1ramos son territorios del agua, no de la miner\u00eda\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Congreso de la Rep\u00fablica<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el mes de octubre de 2022, la C\u00e1mara de Representantes ratific\u00f3 el Acuerdo de Escaz\u00fa, como lo hizo el Senado, como un tratado para la defensa ambiental y de los Derechos Humanos, que busca garantizar la implementaci\u00f3n de cuatro derechos y pilares: (i) el acceso a la informaci\u00f3n ambiental; (ii) la participaci\u00f3n p\u00fablica en los procesos de toma de decisiones ambientales (participaci\u00f3n ambiental); (iii) el acceso a la justicia en asuntos ambientales (justicia ambiental); y la creaci\u00f3n y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperaci\u00f3n, contribuyendo a (iv) la protecci\u00f3n del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n es fundamental que el Congreso legisle para corregir la inexistencia de la licencia ambiental en la fase de exploraci\u00f3n minera.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Delimitaci\u00f3n de Santurb\u00e1n y las licencias ambientales para la explotaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los procesos de delimitaci\u00f3n de p\u00e1ramos (Minambiente) y la aprobaci\u00f3n de licencias ambientales para la explotaci\u00f3n minera (ANLA), que los gobiernos anteriores hicieron ver como independientes, son interdependientes. <strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Mientras no se modifique la sentencia T-361, se debe negar la licencia ambiental a toda pretensi\u00f3n de la megaminer\u00eda que supere las captaciones de nuestro acueducto metropolitano, lo cual incluye el desarchivo de los tr\u00e1mites administrativos de evaluaci\u00f3n de las licencias que fueron engavetados, para negar la licencia definitivamente, y con este escenario, disminuir la presi\u00f3n respecto de la delimitaci\u00f3n de p\u00e1ramos al deber ser y con el rigor cient\u00edfico de los estudios hidrol\u00f3gicos e hidrogeol\u00f3gicos. De nada servir\u00e1 la delimitaci\u00f3n que se haga de nuestros p\u00e1ramos, si se aprueban proyectos de megaminer\u00eda por encima de las captaciones (bocatomas) de los acueductos que abastecen a las poblaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>El presidente Petro comparte desde hace varios a\u00f1os, la visi\u00f3n de no aprobar, ni dar tr\u00e1mite siquiera a proyectos de megaminer\u00eda que excedan las captaciones de los acueductos. As\u00ed lo refrend\u00f3 el pasado mes de mayo, cuando firm\u00f3 el compromiso: Pacto por el agua, la vida, los territorios y Santurb\u00e1n, con los l\u00edderes de todo el proceso en defensa del agua y Santurb\u00e1n. La ANLA en este gobierno no puede actuar como lo hizo en el pasado.<\/p>\n\n\n\n<p>Los accionantes de la sentencia T-361 rechazan categ\u00f3ricamente c\u00f3mo se ha hecho el proceso de delimitaci\u00f3n de p\u00e1ramos, que no puede limitar en modo alguno el agua de las futuras generaciones; sin embargo, mientras no se modifique la providencia en menci\u00f3n, se seguir\u00e1 abogando por una delimitaci\u00f3n t\u00e9cnico-cient\u00edfica.<\/p>\n\n\n\n<p>En la dicotom\u00eda entre el querer y el deber ser, es claro que e<strong>l querer<\/strong> explotar los p\u00e1ramos y los ecosistemas circunvecinos, corresponde a la Visi\u00f3n minera, donde se ubicaron los gobiernos anteriores junto a las transnacionales mineras <em>versus<\/em> <strong>el deber ser, <\/strong>consistente enla protecci\u00f3n y conservaci\u00f3n de los p\u00e1ramos y, bajo el concepto de integralidad, la de los ecosistemas circunvecinos, que constituye la Visi\u00f3n conservacionista, donde se ubican los movimientos sociales en defensa del agua y los p\u00e1ramos, junto al gobierno Petro.<\/p>\n\n\n\n<p>Se trata as\u00ed, del contraste entre el <strong>querer <\/strong>hacer una delimitaci\u00f3n expr\u00e9s pol\u00edtico-minera (Resoluci\u00f3n 2090, gobierno Santos, y la Propuesta Integrada de Delimitaci\u00f3n del gobierno Duque, en proceso de concertaci\u00f3n, con el benepl\u00e1cito de las transnacionales mineras) <em>versus<\/em> una adecuada delimitaci\u00f3n t\u00e9cnico-cient\u00edfica (V.g., Propuesta Alternativa deDelimitaci\u00f3n de Santurb\u00e1n realizada por los accionantes de la sentencia T-361, con la probable adhesi\u00f3n del Gobierno).<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Los Tratados de Libre Comercio (TLC)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El gobierno Petro ha planteado la revisi\u00f3n y renegociaci\u00f3n de los TLC vigentes. En ese orden de ideas, debe revaluar los avances que hizo el gobierno Duque respecto del TLC con Emiratos \u00c1rabes, para que este no se convierta en el doble seguro de Minesa, hoy propiedad del Fondo Mubadala y Aris Gold, ni en una peligrosa alianza canadiense-emirat\u00ed, en contra de los intereses del Estado colombiano, a la luz de los acuerdos internacionales. No se puede ignorar el nefasto antecedente de Greystar-Eco Oro, que demand\u00f3 al pa\u00eds, al tenor del TLC con Canad\u00e1.<\/p>\n\n\n\n<p>Con la firma de TLC onerosos e inequitativos empieza a cederse en la soberan\u00eda nacional, concediendo un doble seguro a las multinacionales, que ganar\u00edan saqueando los recursos, o demandando al Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>Para concluir, el gobierno Petro tiene varios retos en Santurb\u00e1n: primero, negar la licencia ambiental a toda pretensi\u00f3n de la megaminer\u00eda por encima de las captaciones del acueducto metropolitano de Bucaramanga; segundo, mientras no se modifique la sentencia T-361, deber\u00eda suspender el proceso de concertaci\u00f3n que inici\u00f3 el gobierno Duque en favor de su Propuesta Integrada de Delimitaci\u00f3n de Santurb\u00e1n, y en su lugar, hacer una delimitaci\u00f3n t\u00e9cnico-cient\u00edfica, con todos los estudios suficientes y pertinentes, y, por \u00faltimo, revisar y renegociar los TLC, que incluye los avances del gobierno Duque con miras a la firma del TLC con Emiratos \u00c1rabes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-pdfemb-pdf-embedder-viewer\"><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>EDICI\u00d3N 106 SEP-DIC 2022 Por: Erwing Rodr\u00edguez-Salah Aunque la defensa a ultranza de los p\u00e1ramos y del agua que producen, suma ya 13 a\u00f1os de oposici\u00f3n a la megaminer\u00eda en Santurb\u00e1n y en los ecosistemas circunvecinos, la dicotom\u00eda entre las versiones minera y conservacionista supera dos d\u00e9cadas de una especie de \u201cteatro del absurdo\u201d. 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