106 / SEP-DIC 2022

Por el agua y los páramos: retos del gobierno Petro

EDICIÓN 106 SEP-DIC 2022

Por: Erwing Rodríguez-Salah

Aunque la defensa a ultranza de los páramos y del agua que producen, suma ya 13 años de oposición a la megaminería en Santurbán y en los ecosistemas circunvecinos, la dicotomía entre las versiones minera y conservacionista supera dos décadas de una especie de “teatro del absurdo”.

Los páramos, que son a la vez fábricas por excelencia del 70% del agua que se consume en Colombia y reservorios de paz, siguen gravemente expuestos ante la posible aprobación de proyectos megamineros que harán no solo escasear el preciado líquido, sino generar serios conflictos y desplazamiento humano.

Es lamentable evidenciar que los anteriores gobiernos, con una irresponsable visión minera, convirtieron en amenazas contra los páramos del país, los procesos de delimitación, la concesión de títulos mineros encaminada al otorgamiento de licencias ambientales para la explotación minera, e incluso, la firma de inequitativos tratados de libre comercio (TLC).

Prólogo (2002-2010)

En el gobierno Uribe, el número de hectáreas concesionadas a la minería pasó de 1,13 millones a 8,53 millones, duplicándose respecto de afectación de páramos.

En 2008, Colombia firmó el TLC con Canadá, que luego sirvió de apalancamiento para la demanda de la canadiense Eco Oro (Greystar) contra el Estado colombiano, en 2016.

En marzo de 2009, la Corporación Financiera Internacional (IFC, por sus siglas en inglés), institución del Banco Mundial (BM), aprobó una inversión de hasta 20 millones de dólares en Greystar, llegando a poseer el 12,5% de esta.

En diciembre de 2009, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), encargado en ese entonces de otorgar las licencias ambientales, condición sine qua non para la explotación minera, aceptó la solicitud de la Greystar para su proyecto de megaminería a cielo abierto en Santurbán, el cual no debió tramitarse, en contravía de la Constitución Política y la normatividad ambiental.

Gobierno Santos (2010-2018)

El gobierno Santos recibió un país concesionado a la minería y con extraordinarias exenciones tributarias para las multinacionales.

En 2011, como respuesta al proyecto de la Greystar, la sociedad civil logró consolidar el movimiento social en defensa del agua y los páramos.

La convocatoria de Fenalco Santander, gremio que generó un debate nacional, en asocio con otras entidades que atendieron el llamado, las cuales habían sido consideradas parte del establecimiento y que jamás habían invitado a una marcha, como el tradicional Colegio San Pedro Claver (Compañía de Jesús) y la Universidad Santo Tomás, fueron determinantes para el éxito de la primera gran marcha multitudinaria “Defendamos el agua de Bucaramanga” (25 de febrero de 2011) y lograr así, detener el proyecto de la Greystar, que se daba por descontado que el gobierno Santos aprobaría, según sus mismas declaraciones. Greystar desistió y el Gobierno dio un paso al costado.

En mayo de 2011, la Resolución 1015 del MAVDT, no aceptó el desistimiento de la Greystar, negándole la respectiva licencia ambiental. Greystar pasó a llamarse Eco Oro y anunció que insistiría con un proyecto de minería subterránea, que jamás radicó. El presidente Santos anunció que delimitaría los 37 páramos del país, proceso que empezó con el emblemático Santurbán, y desde allí, se inició la vulneración del derecho a la participación ambiental.

En diciembre de 2014, mediante la Resolución 2090 del Minambiente, considerada como una disposición acomodaticia minera, se delimitó Santurbán, configurándose el más grave engaño de la historia ambiental del país. El entonces ministro de Ambiente, Gabriel Vallejo, afirmó que la metodología utilizada para la delimitación de Santurbán se replicaría en los restantes 36 páramos de Colombia.

Aunque sería de esperarse que un ecosistema se delimitara para su protección y conservación (visión conservacionista), máxime tratándose de vitales, estratégicos, y a la vez frágiles y vulnerables ecosistemas de páramos, en Colombia se ha delimitado para privilegiar los fines extractivistas de la megaminería (visión minera).

La Resolución 2090 desvirtuó el concepto de integralidad del páramo, al facilitar una delimitación exprés mal concebida (visión minera), sin los estudios científicos necesarios y solo en beneficio de las transnacionales mineras. Lo correcto hubiera sido contar con una delimitación técnico-científica, que incluyera estudios hidrológicos e hidrogeológicos, indispensables para garantizar la vida del ecosistema y agua suficiente para las futuras generaciones (visión conservacionista).

Siendo el principal crítico y opositor de la de la delimitación de páramos, desde el anuncio del presidente Santos y una vez hecha realidad mediante la Resolución 2090, interpuse una acción de tutela con la Corporación Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez (CCALCP), en julio de 2015.

En junio de 2016, el Ombudsman (CAO) del Banco Mundial (BM) publicó los resultados de su investigación sobre el proyecto Eco Oro (Greystar), con base en la cual la banca multilateral retiró su inversión del proyecto. En 2014, en la ciudad de Washington, el Comité para la defensa del agua y el páramo de Santurbán, expuso la queja interpuesta ante la CAO que, como mecanismo independiente del BM, analiza y evalúa los reclamos de las comunidades afectadas, en términos ambientales y sociales (A&S), frente a los proyectos en los que invierte el BM, en este caso, por medio de la IFC. La CAO determinó que el proyecto, clasificado erróneamente como B, debió categorizarse como A, esto es, dentro de los “proyectos que tienen potenciales y significativos impactos adversos, sociales y ambientales, y estos son múltiples, irreversibles o no tienen precedentes”.

En 2017, Minesa (Fondo Mubadala de Emiratos Árabes) presentó su Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para su proyecto de mega minería subterránea, al cual la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), hizo 83 requerimientos y observaciones, y aunque no hubo respuestas satisfactorias de la minera, no se negó la licencia ambiental.

En mayo de 2017, la Corte Constitucional revisó la tutela interpuesta con la CCALCP y dictó la sentencia T-361, exigiendo al Minambiente una nueva delimitación de Santurbán, por considerar que la efectuada en virtud de la Resolución 2090 no fue concertada con las comunidades, vulnerando su derecho a la participación ambiental. No obstante, en enero de 2018, el presidente Santos anunció la delimitación inicial de treinta páramos, indicando que antes de concluir su periodo constitucional, quedarían demarcados los siete faltantes.

En noviembre de 2017, la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB), abrió un proceso sancionatorio contra Minesa por presunta infracción de la legislación ambiental, el cual reposa engavetado y próximo a cumplir cinco años sin conocerse de su fallo.

En marzo de 2018, Minesa desistió de su proyecto y la ANLA lo aceptó, sin negar la licencia ambiental, en abierto desconociendo el antecedente Greystar de 2011, habilitando a la multinacional emiratí para presentar un segundo E.I.A.

Gobierno Duque (2018-2022)

Dado que, primero en 2014, el ministro Gabriel Vallejo adujo que la misma metodología utilizada para delimitar Santurbán se replicaría en los demás páramos y, segundo, que la sentencia T-361 la dejó sin efecto, se presagiaba que las demás delimitaciones fracasarían.

Así, en septiembre de 2018, dos fallos de tutela, basados en la sentencia T-361, consideraron fallidas las delimitaciones del Almorzadero y de Cruz Verde-Sumapaz, que habían sido establecidas mediante las resoluciones 152 de 2018 y 1434 de 2017, respectivamente, al igual que la 2090, debido a la vulneración del derecho a la participación ambiental.

En noviembre de 2018, se radicó la Propuesta Alternativa de Delimitación de Santurbán, que contempla la realización del Estudio ecológico y ambiental de la Ecorregión de Santurbán, junto con los estudios hidrológicos e hidrogeológicos que, desde luego, no fue tenida en cuenta, pues los mismos se encaminaban a demostrar la conectividad existente entre el páramo y sus ecosistemas circunvecinos, como el bosque andino. El derecho a la participación ambiental siguió siendo vulnerado en el gobierno Duque; por ello, sendos derechos de petición fueron radicados ante la cartera de Ambiente.

El gobierno Duque, acatando la sentencia T-361, intentó concertar con las comunidades su Propuesta integrada de delimitación de Santurbán que, al igual que su predecesora, la delimitación de la 2090, es exprés político-minera, y sigue viendo en Santurbán la joya de la corona de los fines extractivistas de la gran minería, dejando nuevamente “por fuera del páramo” el proyecto de Minesa. Este es el continuismo del engaño más grande en la historia ambiental del país que significó la Resolución 2090.

En enero de 2019, Minesa presentó su segundo EIA, al cual la ANLA hizo 107 requerimientos, sin respuestas satisfactorias. Aun así no se negó la licencia. En septiembre del mismo año, la CDMB niega cinco permisos a Minesa, lo cual sería suficiente para no otorgar la licencia ambiental.

En septiembre de 2021, un Tribunal Arbitral del CIADI (BM), determinó que Colombia infringió el Artículo 805 del TLC Colombia-Canadá, sobre el trato justo y equitativo hacia los inversionistas extranjeros, ante la demanda de Eco Oro (Greystar) por 736 millones de dólares, al no permitírsele desarrollar su proyecto en Santurbán. Aún no se determina la sanción económica.

En enero de 2021, la ANLA dejó en firme el archivo del trámite administrativo de evaluación de la licencia ambiental del proyecto de Minesa, sin negar la licencia ambiental, habilitando a la multinacional para presentar un tercer EIA.

En marzo de 2022, Duque anunció las negociaciones para el TLC con Emiratos Árabes. Días después, la canadiense Aris Gold publicó la adquisición del 20% de Minesa, con proyecciones de compra hasta del 50%.

En síntesis, los gobiernos anteriores alinearon el aparato estatal para privilegiar los intereses particulares mineros.

Epílogo, retos y compromisos del nuevo gobierno

El gobierno Petro ha demostrado tener la voluntad política, que no tuvieron los gobiernos anteriores, para proteger y conservar nuestros páramos, blindándolos de toda pretensión extractivista, y así escribir un epílogo feliz. De esta forma podrá dirimirse el conflicto ambiental-minero en el campo político, sin seguir acudiendo a los estrados judiciales para resolverlo, tal como pasó con la tutela que interpuesta contra la Resolución 2090, que llevó a la más alta Corte colombiana, a dictar jurisprudencia, a través de la sentencia T-361. La buena voluntad de un solo gobierno no basta: la conservación del agua y de los páramos debe ser una política de Estado bajo la premisa: “los páramos son territorios del agua, no de la minería”.

Congreso de la República

En el mes de octubre de 2022, la Cámara de Representantes ratificó el Acuerdo de Escazú, como lo hizo el Senado, como un tratado para la defensa ambiental y de los Derechos Humanos, que busca garantizar la implementación de cuatro derechos y pilares: (i) el acceso a la información ambiental; (ii) la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales (participación ambiental); (iii) el acceso a la justicia en asuntos ambientales (justicia ambiental); y la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a (iv) la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.

También es fundamental que el Congreso legisle para corregir la inexistencia de la licencia ambiental en la fase de exploración minera.

Delimitación de Santurbán y las licencias ambientales para la explotación

Los procesos de delimitación de páramos (Minambiente) y la aprobación de licencias ambientales para la explotación minera (ANLA), que los gobiernos anteriores hicieron ver como independientes, son interdependientes.

Mientras no se modifique la sentencia T-361, se debe negar la licencia ambiental a toda pretensión de la megaminería que supere las captaciones de nuestro acueducto metropolitano, lo cual incluye el desarchivo de los trámites administrativos de evaluación de las licencias que fueron engavetados, para negar la licencia definitivamente, y con este escenario, disminuir la presión respecto de la delimitación de páramos al deber ser y con el rigor científico de los estudios hidrológicos e hidrogeológicos. De nada servirá la delimitación que se haga de nuestros páramos, si se aprueban proyectos de megaminería por encima de las captaciones (bocatomas) de los acueductos que abastecen a las poblaciones.

El presidente Petro comparte desde hace varios años, la visión de no aprobar, ni dar trámite siquiera a proyectos de megaminería que excedan las captaciones de los acueductos. Así lo refrendó el pasado mes de mayo, cuando firmó el compromiso: Pacto por el agua, la vida, los territorios y Santurbán, con los líderes de todo el proceso en defensa del agua y Santurbán. La ANLA en este gobierno no puede actuar como lo hizo en el pasado.

Los accionantes de la sentencia T-361 rechazan categóricamente cómo se ha hecho el proceso de delimitación de páramos, que no puede limitar en modo alguno el agua de las futuras generaciones; sin embargo, mientras no se modifique la providencia en mención, se seguirá abogando por una delimitación técnico-científica.

En la dicotomía entre el querer y el deber ser, es claro que el querer explotar los páramos y los ecosistemas circunvecinos, corresponde a la Visión minera, donde se ubicaron los gobiernos anteriores junto a las transnacionales mineras versus el deber ser, consistente enla protección y conservación de los páramos y, bajo el concepto de integralidad, la de los ecosistemas circunvecinos, que constituye la Visión conservacionista, donde se ubican los movimientos sociales en defensa del agua y los páramos, junto al gobierno Petro.

Se trata así, del contraste entre el querer hacer una delimitación exprés político-minera (Resolución 2090, gobierno Santos, y la Propuesta Integrada de Delimitación del gobierno Duque, en proceso de concertación, con el beneplácito de las transnacionales mineras) versus una adecuada delimitación técnico-científica (V.g., Propuesta Alternativa deDelimitación de Santurbán realizada por los accionantes de la sentencia T-361, con la probable adhesión del Gobierno).

Los Tratados de Libre Comercio (TLC)

El gobierno Petro ha planteado la revisión y renegociación de los TLC vigentes. En ese orden de ideas, debe revaluar los avances que hizo el gobierno Duque respecto del TLC con Emiratos Árabes, para que este no se convierta en el doble seguro de Minesa, hoy propiedad del Fondo Mubadala y Aris Gold, ni en una peligrosa alianza canadiense-emiratí, en contra de los intereses del Estado colombiano, a la luz de los acuerdos internacionales. No se puede ignorar el nefasto antecedente de Greystar-Eco Oro, que demandó al país, al tenor del TLC con Canadá.

Con la firma de TLC onerosos e inequitativos empieza a cederse en la soberanía nacional, concediendo un doble seguro a las multinacionales, que ganarían saqueando los recursos, o demandando al Estado.

Para concluir, el gobierno Petro tiene varios retos en Santurbán: primero, negar la licencia ambiental a toda pretensión de la megaminería por encima de las captaciones del acueducto metropolitano de Bucaramanga; segundo, mientras no se modifique la sentencia T-361, debería suspender el proceso de concertación que inició el gobierno Duque en favor de su Propuesta Integrada de Delimitación de Santurbán, y en su lugar, hacer una delimitación técnico-científica, con todos los estudios suficientes y pertinentes, y, por último, revisar y renegociar los TLC, que incluye los avances del gobierno Duque con miras a la firma del TLC con Emiratos Árabes.

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Erwing Rodríguez-Salah

Líder ambiental y cívico santandereano, referente nacional en defensa del agua y los páramos. Uno de los accionantes de la Sentencia T-361 de la Corte Constitucional.

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