Paz y Conflicto

Confinamiento y el desplazamiento forzado en Colombia (2016 y 2023)

Han pasado 7 años y 4 meses desde la firma del Acuerdo Final de Paz pactado entre la extinta guerrilla de las FARC-EP y el Estado Colombiano, y las dinámicas del conflicto armado interno todavía persisten en nuestra sociedad. Los eventos masivos de desplazamiento forzado y de confinamiento, afectan de manera diferencial y desproporcionada, a la población civil y a los territorios, lo que constituye una compleja realidad que merece mayor atención.

Este análisis aborda algunas consideraciones conceptuales sobre estas dos acciones del conflicto armado entre 2016 y 2023, la forma de relacionarse entre sí, el impacto que genera sobre la población civil y los territorios. Para este propósito, se utiliza un marco normativo y conceptual, así como un análisis de datos del Registro Único de Víctimas – RUV integrado de la Unidad para las Víctimas y el marco conceptual del Cinep/PPP.  Además, se utiliza el Archivo de Prensa del Cinep/PPP, particularmente de los periódicos El Espectador y El Colombiano[1].

Consideraciones conceptuales

La resolución 171 de 2016 de la Unidad para las Víctimas, define el confinamiento como una situación de vulneración de derechos fundamentales, en la que las comunidades, pese a permanecer en una parte de su territorio, pierden la movilidad, como consecuencia de la presencia y accionar de grupos armados ilegales. Esta restricción implica la imposibilidad de acceder a bienes indispensables para la supervivencia, derivada del control militar, económico, político, cultural y social que ejercen los grupos armados ilegales en el marco del conflicto armado interno[2].

Por otro lado, el Cinep/PPP (Cinep/PPP, 2016) concibe el confinamiento como el impedimento a la movilidad de personas o colectividades, por parte de agentes directos o indirectos del Estado, con el fin de impedirles protegerse de agresiones que atentan contra sus derechos fundamentales; evitar la denuncia de violaciones a sus derechos; entrar en contacto con grupos u organizaciones no afectas al Estado; someterlas a cercos de hambre o carencia de otros abastecimientos, como forma de presión para que colaboren con el actor armado estatal o paraestatal, o de castigarlas por sus posiciones de no colaboración.[3]

En ambas definiciones, se identifican coincidencias como: 1) la restricción a la movilidad de grupos de personas o comunidades, a quienes les limitan o impiden el acceso a bienes indispensables para sobrevivir, y 2) la vulneración de derechos fundamentales, por las acciones del conflicto armado interno. Sin embargo, mientras la Unidad para las Víctimas, en el marco normativo asocia a los confinamientos por la presencia y accionar de actores armados ilegales, el Cinep/PPP señala que su configuración resulta de la participación de agentes directos o indirectos del Estado, y puede expresarse mediante represalias o castigo colectivo contra las comunidades, cuando éstas “no son afectas al Estado” o no “colaboran” con el Estado (Ejército y la Policía), o con los grupos paramilitares.

Esta lógica evidencia el enfoque de la política de seguridad nacional que, históricamente, ha adoptado el Estado colombiano bajo la concepción del enemigo interno y la narrativa que los gobiernos han utilizado, a propósito de las luchas contra la insurgencia, el narcotráfico y el terrorismo. En este contexto, las comunidades que habitan aquellos territorios con débil presencia institucional y coexistencia de diversos actores armados ilegales, son más susceptibles a la ocurrencia de confinamientos, como consecuencia de los intensos operativos de las fuerzas estatales para recuperar el control poblacional y la pacificación de los territorios.

Por otro lado, la Ley 1448 de 2011, en el Art. 60, parágrafo 2, describe como víctima de desplazamiento forzado, a toda persona que se ha visto obligada a migrar dentro del territorio nacional, abandonando su localidad de residencia o sus actividades económicas habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales, han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión del conflicto armado (…) [4]

Asimismo, se define como desplazamiento forzado colectivo (Cinep/PPP, 2016), específicamente, aquella migración a la que se ve compelido un colectivo humano, dentro del territorio nacional o hacia las zonas de frontera, abandonando su lugar de residencia y sus actividades económicas habituales, porque sus vidas, integridad física o libertad han sido vulneradas o se encuentran amenazadas por causa y con ocasión del conflicto armado interno o por violaciones masivas de los Derechos Humanos.  Además, señala algunas particularidades que genera el desplazamiento forzado, considerando motivaciones como la “violencia político-social” o la “intolerancia social”.

De lo anterior, se concibe el desplazamiento forzado sin mayores diferencias conceptuales, según las fuentes. A diferencia del confinamiento, se reconoce, además de la presencia y accionar de actores armados-ilegales, los actores armados legales. Hecha esta claridad, es importante plantear algunas relaciones intrínsecas entre estos dos fenómenos.

Por un lado, el confinamiento es una forma de abandono, ya que limita a la comunidad y al individuo el uso y goce de la totalidad del territorio[5]; esto implica las privaciones en el acceso a bienes indispensables para su supervivencia, tales como los derivados de la pesca, la caza, la recolección de alimentos, así como el acceso al trabajo y el desarrollo de las prácticas culturales, propias de las comunidades particularmente étnicas y campesinas. 

Por otro lado, la ocurrencia de los confinamientos significa la antesala para que se presenten los desplazamientos forzados, pues razones como la amenaza, la contaminación de los territorios (por minas antipersonales -MAP, municiones sin explotar- MUSE y artefactos explosivos improvisados-AEI), los homicidios, las violencias basadas en género (incluyendo la violencia sexual), la restricción de horarios, así como los combates y bombardeos, son suficientes para que las comunidades se vean presionadas o forzadas a abandonar sus hogares y los territorios donde viven.

Por estas dinámicas del conflicto, se vulneran derechos fundamentales de las personas, como la educación, la salud, la alimentación, la vivienda y el trabajo, y derechos colectivos, como la identidad cultural, la autonomía, el territorio y el gobierno propio.

Análisis de prensa

A partir de la selección de 30 noticias del periódico El Espectador y 25 más del periódico El Colombiano, entre el 2016 y 2023, este análisis toma en cuenta las siguientes categorías: acciones del conflicto, departamento, actores armados y tipo de víctima.[6]

En este sentido, de las 30 noticias del periódico El Espectador se identificaron 7 departamentos afectados por alguna acción del conflicto armado, como se ilustra en la figura 1, en Chocó, Nariño y Norte de Santander, en los cuales se registra con mayor frecuencia las victimizaciones simultáneas de confinamiento y desplazamiento forzado; mientras que, en Chocó y Antioquia, se observan las mayores victimizaciones, únicamente por confinamiento. De los presuntos perpetradores para las dos acciones del conflicto, se identifican en el Chocó: a la guerrilla del ELN, al grupo paramilitar Autodefensas Gaitanistas de Colombia -AGC (conocidos como el Clan del Golfo) , y a la Fuerza Pública; en Nariño: al ELN, las AGC, las disidencias de las FARC, y a la Fuerza Pública; y en Norte de Santander:  al ELN y a la guerrilla del EPL. En cuanto al tipo de víctimas, en términos generales para las dos acciones del conflicto en cuestión, se identifican 4 menciones a comunidades, principalmente campesinas; 10 a grupos étnicos (tanto indígenas como negros o afrocolombianos), y 16 registros donde había tanto comunidades, como grupos étnicos. 

Figura 1. Acciones del conflicto armado por departamentos, según periódico El Espectador. Fuente: Elaboración propia, a partir del Archivo Digital Prensa del Cinep/PPP.

Por otra parte, de las 25 noticias del periódico El Colombiano, se identificaron 5 departamentos afectados por alguna acción del conflicto armado, como se ilustra en la figura 2. Se destaca que en el Chocó se identifica la mayor frecuencia de acciones simultáneas de confinamiento y desplazamiento forzado, así como las mayores acciones exclusivamente de confinamiento. Mientras que Antioquia concentra la mayor frecuencia de acciones de desplazamiento forzado. De los presuntos perpetradores para las dos acciones del conflicto, se identifican en el Chocó: al ELN y a las AGC; y en Norte de Santander: al ELN y al EPL. Respecto a las víctimas, para las 2 acciones del conflicto en cuestión, en los 5 departamentos señalados, se identifican 6 menciones a grupos étnicos (indígenas y negros o afrocolombianos), 9 a comunidades(principalmente campesinas), y 10 registros sobre comunidades y grupos étnicos.

Figura 2. Acciones del conflicto armado por departamentos, según el periódico El Colombiano. Fuente: Elaboración propia, a partir del Archivo Digital Prensa del Cinep/PPP.

Con base en lo anterior, se identifica un sesgo de descripción en el periódico El Colombiano, en tanto que las noticias registradas, hay determinada forma de presentar los hechos, lo que se denomina “la noticia dura” (quién, qué, cuándo y dónde) [7] , específicamente en la adjudicación de los actores presuntamente responsables. Se observa que, aunque el Chocó es el departamento con el mayor impacto de dichas acciones del conflicto, El Espectador considera que los responsables son el ELN, las AGC y la Fuerza Pública, mientras que El Colombiano responsabiliza al ELN y a las AGC. Lo que evidencia un encuadre de la noticia, para exonerar la responsabilidad del Estado en la crisis humanitaria a las que son sometidas las comunidades y grupos étnicos, como consecuencia de estos repertorios de violencia.

Análisis de cifras de confinamiento y desplazamiento forzado[8]

Las gráficas de confinamiento (figura 3), al igual que la de desplazamiento forzado (figura 4), contienen información sobre el número de eventos y de víctimas por ocurrencia, respectivamente, que se han registrado en el periodo comprendido entre 2016 y 2023.

Figura 3. Eventos y víctimas de confinamiento desde 2016-2023. Fuente: elaboración propia, a partir de datos del Registro Único de Víctimas (RUV) integrado. con corte a 1 de marzo de 2024, de la Unidad para las Víctimas.

Se identifican 255 eventos, con un total de 141.686 víctimas únicas de confinamiento reconocidas en el RUV, desde la firma del Acuerdo de paz con la antigua guerrilla de las FARC-EP hasta la fecha de corte indicada. Además, se observa cómo entre el 2017 y el 2018 se duplicaron los confinamientos, este periodo coincide con las campañas electorales, a nivel nacional.

Asimismo, el aumento en las víctimas, ha alcanzado un pico de 47.698 personas en el 2020, y aunque las cifras disminuyen en el 2021, aumenta el número de eventos. Hay un repunte máximo en el 2022, tanto en eventos como en víctimas, lo cual coincide, no sólo con los paros armados promovidos por el Clan del Golfo, que terminaron afectando a más de 10 departamentos del país, sino con el desarrollo de procesos electorales. En el último año han venido disminuyendo tanto los eventos como las víctimas, pero es un fenómeno que persiste, afectando a las comunidades y sus territorios.

Figura 4. Eventos y víctimas de desplazamiento forzado masivo entre 2016-2023. Fuente: elaboración propia, a partir de datos del Registro Único de Víctimas (RUV) integrado, con corte al 1 de marzo de 2024, de la Unidad para las Víctimas.

Se destaca la ocurrencia de 724 eventos, con un total de 282.097 víctimas únicas de desplazamientos forzados, incluidas en el RUV durante el periodo de análisis. En términos generales, se observa una tendencia de incremento tanto en eventos como en víctimas, registrando una leve caída en el 2020, periodo que coincide con la pandemia del COVID-19 y las consecuentes medidas de aislamiento preventivo, propias de la emergencia sanitaria que dispuso el gobierno nacional.

Durante los siguientes años (2021 y 2022), hay un aumento desmesurado de este fenómeno, duplicando el número de víctimas. No obstante, en el 2023 se observa una disminución, tanto en la ocurrencia de eventos como en el número de víctimas, lo que refleja de alguna manera, la apertura democrática de la política de paz total.

Departamento
Víctimas
Eventos
1
Nariño
108838
227
2
Chocó
45465
139
3
Cauca
30338
71
4
Norte de Santander
27722
65
5
Valle del Cauca
20736
45
6
Antioquia
17027
64
7
Córdoba
13084
24
8
Bolívar
10014
18
9
Risaralda
3448
7
10
Huila
1104
1
Los 10 departamentos con más víctimas de desplazamiento forzado

En la tabla anterior, se observa que la región pacífica (Nariño, Chocó, Cauca y Valle del Cauca) y Norte de Santander, concentran cerca del 80% del total de víctimas de desplazamientos forzados masivos que han ocurrido en Colombia.  

Fuente:  elaboración propia, a partir de datos del Registro Único de Víctimas (RUV) integrado, con corte al 1 de marzo de 2024, de la Unidad para las Víctimas.

Como se observa en los mapas, tanto las víctimas de confinamientos, como las de desplazamientos forzados, han sido afectadas principalmente en toda la zona del litoral pacífico colombiano y otros departamentos de frontera, como Norte de Santander y Arauca. Asimismo, se ilustran afectaciones sobre Antioquia, Bolívar y Córdoba. En términos generales, aunque los confinamientos han afectado a los departamentos fronterizos, los desplazamientos se han extendido a la región de los llanos y al suroccidente colombiano, con la excepción de los departamentos de la costa caribeña.  

Finalmente, la crisis humanitaria que viven las comunidades campesinas y pueblos étnicos, requieren con suma urgencia la atención integral del Estado colombiano con intervenciones territoriales y soluciones duraderas que permita mitigar el impacto de estas acciones del conflicto, pues más allá de las ayudas humanitarias, se requieren acciones interinstitucionales articuladas con la participación activa de organizaciones sociales y comunitarias, organismos internacionales y Estado (nacional, departamental y local) con voluntad política para desarrollar acciones por paz, reconocer el sufrimiento humano,  resarcir gradualmente el daño ocasionado y devolverle la dignidad a las víctimas.


[1] Teniendo en cuenta el análisis de las cifras en distintas fuentes y el impacto de estas dos acciones del conflicto (confinamiento y desplazamiento forzado) en la región del pacífico, se privilegian estos periódicos, El Colombiano, con sede en Medellín y el Espectador, de alcance nacional con corresponsales también en Medellín, lo que posibilita dar cuenta de estos fenómenos.

[2] Resolución 0171 del 24 de febrero de 2016, por la cual se define el confinamiento como hecho victimizante en el marco de la Ley 1448 de 2011, expedida por la Unidad para las Víctimas. 

[3] Cinep/PPP. (2016). MARCO CONCEPTUAL DE LA RED NACIONAL DE BANCOS DE DATOS. Bogotá, D.C. – Colombia: Cinep.

[4]  Ley 1448 de 2011. Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Ley 1448 de 2011 – Gestor Normativo – Función Pública (funcionpublica.gov.co)

[5] Artículo 110 del Decreto ley 4635 de 2011, por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de tierras a las víctimas pertenecientes a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

[6] Se adjunta archivo Matriz de fuentes y categorización de archivo de prensa donde reposa la base de trabajo en la revisión de las noticias seleccionadas para los periódicos El Espectador y El Colombiano.

[7] Mauricio Archila [y otros autores]. Bogotá: Fundación Centro de Investigación y Educación Popular-Programa por la Paz CINEP, 2019.  Cuando la copa se rebosa. Luchas sociales en Colombia, 1975-2015. (P,52)

[8] El número de víctimas de las gráficas (figuras 3 y 4) de confinamiento y desplazamiento forzado no se puede totalizar, porque una persona pudo haber sufrido uno o más eventos en lugares y fechas diferentes. Sin embargo, se calcula el número de víctimas únicas de acuerdo con la base de datos que proporcionó la Unidad para las Víctimas. 

Foto de portada: José Miguel Gómez/Reuters.

Richard Fabián Pérez Ramírez

Sociólogo, Especialista en Derechos Humanos y Competencias Ciudadanas de la Universidad del Tolima. Actualmente realizo la Maestría en Conflicto, Memoria y Paz en la Universidad del Rosario. Mis intereses de investigación son la memoria colectiva, justicia transicional y las intervenciones públicas desde enfoques los diferenciales.